Crédito de consumo
Es aquel que otorga la Cooperativa para cubrir necesidades de los asociados, personas naturales, cuyo objeto sea financiar bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, independientemente de su monto, sin que el asociado tenga que darle una destinación específica.
Crédito de vivienda
Se entiende como tal el crédito que utiliza el asociado, persona natural, para la adquisición de vivienda nueva o usada, reparación, remodelación, ampliación, mejoramiento, subdivisión, adquisición de lotes con servicios, liberación de gravamen hipotecario, independientemente de la cuantía y amparada con garantía hipotecaria de primer grado sobre el mismo bien a financiar.
Crédito comercial
Es aquel que tiene como objetivo principal la financiación de actividades lucrativas, distintas a aquellas que se puedan considerar de consumo o de vivienda y que permitan mejorar el bienestar de los asociados y su familia y destinado a instalación, montaje, dotación de oficinas, consultorios e inversiones en general.